Se conoce como se distribuirá la publicidad oficial en los medios de prensa del interior. Al respecto, el Diputado colorado Martin Melazzi indico que “ finalmente se firmó, por parte del Poder Ejecutivo, el tan esperado Decreto Reglamentario del artículo 774 de la Ley Nº 19.924 referente a la publicidad oficial de la que, al menos un 20 %, deberá distribuirse en los medios de comunicación del interior del país.
En el caso de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados integrantes del dominio industrial, comercial y financiero del Estado, el monto mínimo que deberán destinar a medios radicados en el interior del país será del 10% del monto total de publicidad. Se deberá garantizar, al menos, un 0.5 % del total de la publicidad oficial, de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, por cada departamento del interior.
En el artículo 6º del referido decreto reglamentario se establece que cada organismo será responsable de distribuir la publicidad, según metodología que detalla: en primer lugar se destinará un 0.5% del monto total, por cada departamento, que se distribuirá en partes iguales entre los medios validados del departamento.
El 91% restante se distribuirá entre los distintos tipos de medios de la siguiente manera: un 40% para señales de televisión abierta y señal propia de TV para abonados que produzcan contenido en la localidad repartiéndose en partes iguales entre los medios habilitados.
Un 40% para radio AM comercial, FM comercial repartiéndose en partes iguales entre los medios habilitados; un 19% para prensa escrita formato papel, repartiéndose según frecuencia de publicación: Un 1% para radios FM Comunitarios repartiéndose en partes iguales entre los medios habilitados.
Esta reglamentación es importante para la conservación de las fuentes laborales y la sostenibilidad en el tiempo, en el entendido que los medios tradicionales de comunicación de servicios audiovisuales, están teniendo que competir contra medios no formalizados vía streaming, debido a esta nueva revolución tecnológica”.